El Consell aprueba ayudas directas de 1.500 o 750 euros para personas autónomas que hayan cesado su actividad o reducido ingresos por el COVID-19
La medida forma parte del decreto ley aprobado por el Consell de medidas urgentes de apoyo económico y de carácter tributario
El Consell ratifica la resolución de Igualdad para garantizar el pago a los centros de atención diurna y ambulatoria
El Consell ha aprobado la concesión de ayudas directas de 1.500 o 750 euros para personas autónomas que hayan cesado su actividad o reducido sus ingresos como consecuencia del estado de alarma establecido mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19.
La vicepresidenta y portavoz del Consell, Mónica Oltra, que ha comparecido tras la reunión semanal del Gobierno valenciano, ha explicado que estas ayudas forman parte del decreto ley de medidas urgentes de apoyo económico y financiero a las personas trabajadoras autónomas y de carácter tributario, aprobado por el Consell “para hacer frente a esta situación” provocada por la crisis sanitaria.
De este modo, el Consell, a través de Labora, Servicio Valenciano de Empleo, va a conceder ayudas directas de 1.500 o 750 euros “para atender el lucro cesante, es decir, lo que no van a poder ingresar, según si se ha cerrado la actividad o se han reducido los ingresos”, ha indicado la vicepresidenta. Se destinarán un total de 57,5 millones de euros para esta medida.
Por otra parte, el Institut Valencià de Finances (IVF) aportará 17 millones de euros al Fondo de Previsiones Técnicas de la Sociedad de Garantía Recíproca para la concesión de avales a las personas trabajadoras autónomas y abrirá líneas de financiación “para hacer frente a las necesidades de liquidez y para paliar las necesidades de inversión”, ha explicado la portavoz del Consell.
En cuanto a las medidas de carácter tributario, Oltra ha informado de que el Consell ha acordado “la ampliación de los plazos para la presentación de pagos de impuestos, como el de sucesiones y donaciones o el de transmisiones y actos jurídicos documentados, entre otros”.
Además, se suprime la obligación de los arrendatarios de presentar la autoliquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados derivada de los alquileres de vivienda habitual.
Pagos a los centros de atención
Dentro de las medidas acordadas por el Consell en relación a la pandemia del COVID-19, el Gobierno valenciano ha ratificado la resolución de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, de 25 de marzo, por la que se disponen medidas extraordinarias de gestión de la acción concertada de centros de atención diurna y ambulatoria, independientemente del sector de referencia y tipología del centro, es decir, para todo el ámbito de las entidades sin ánimo de lucro.
El objetivo de la resolución es establecer las medidas excepcionales respecto a la financiación de las plazas en estos centros, de manera que la Generalitat “continuará abonando el servicio a las entidades de acción concertada de la misma manera que si se estuviera prestando en los lugares habituales”, ha explicado la vicepresidenta.
A este respecto, la vicepresidenta ha recordado que “el personal de estos centros de atención diurna, de centros de día, ocupacionales, etc, en los que se ha suspendido la actividad, está haciendo atención domiciliaria y seguimiento de las personas usuarias para garantizar la necesaria asistencia a las personas vulnerables”.
En este sentido, Oltra ha remarcado que la Generalitat pretende “dar seguridad y garantizar la estabilidad laboral del sector”, con el fin de “evitar que las entidades que prestan estos servicios, que son entidades sin ánimo de lucro, realicen expedientes temporales de regulación de empleo, con el impacto que eso supondría en los trabajadores y trabajadoras”.