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El Defensor del Pueblo avala el proyecto anterior para el Paseo de Germanías y que se retire el monumento franquista

El Alto Comisionado de las Cortes Generales indica en su resolución que los argumentos de Alcaldía “no son suficientes ya que se amparan en su propio testimonio y no en documentación” y que debe retirar este elemento “al ser contrario a la normativa democrática”

Este órgano constitucional añade que este monumento forma parte del Catálogo de vestigios de la Guerra Civil y la Dictadura de la Conselleria y que el significado que el ayuntamiento trata de darle “no parece coincidente con la realidad social e histórica”

Los socialistas afean la actitud del PP que “se erige como máximo defensor de la Constitución, pero cuando no se le da la razón, no tiene empacho en decir que el informe es de parte, despreciando a esta institución regulada en el artículo 54 de la CE”

El Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Elche ha valorado la resolución del Defensor del Pueblo tras una queja presentada en septiembre sobre el mantenimiento del monumento franquista en el Paseo de Germanías.  Los socialistas consideran que la resolución del Defensor del Pueblo “nos da otra vez la razón cuando denunciamos en su momento que mantener un monumento franquista de 1944 era contrario a la Ley de Memoria Democrática. No todo vale y el Alto Comisionado de las Cortes Generales avala nuestra tesis en contra de lo que nos quieren vender PP y VOX, que no es más que fachada respecto a un elemento que pertenece a la dictadura y no a la concordia”.

Los socialistas elevaron la queja a la institución, que está regulada en el artículo 54 de la Constitución Española, aportando toda la documentación referida tanto al monumento como al proyecto de remodelación del Paseo de Gemanías. “Enviamos el proyecto elaborado por nosotros donde se indicaba que se iba a paletizar el monumento, así como la aprobación del proyecto por parte de este equipo de gobierno y todas las modificaciones existentes, además del manifiesto firmado por profesores y docentes ilicitanos donde se explicaba qué es este monumento franquista. Toda nuestra queja está basada en documentación”.

Otra de las aportaciones que se envió al Alto Comisionado de las Cortes Generales fue el Catálogo de vestigios de la Guerra Civil y de la Dictadura que la propia Conselleria de Participación y Calidad Democrática. Según consta en el informe del Defensor del Pueblo: “Debe resaltarse que el monumento figura en la relación de los elementos contrarios a la memoria democrática y a la dignidad de las víctimas que deben ser retirados o eliminados, que se recoge en el anexo de la Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se da publicidad al Acuerdo de 15 de septiembre de 2022, de la Comisión Técnica de Coordinación, relativo a la modificación y actualización del Catálogo de vestigios de la Guerra Civil y la Dictadura en el ámbito de la Comunitat Valenciana. La inclusión del monumento en dicho catálogo implica que es un elemento que ha de ser retirado al no concurrir ninguna de las excepciones previstas en el apartado 6 del artículo 35 de la Ley 20/2022”.

El Defensor del Pueblo, como así aparece en la resolución, solicitó informe al Ayuntamiento de Elche sobre esta cuestión. La resolución indica: “El hecho de que el monumento no tenga ninguna inscripción no excluye de forma automática que tenga un significado contrario a la memoria democrática, pues, como es obvio, los propios elementos arquitectónicos pueden tenerlo por sí mismos sin necesidad de evidenciarlo con una placa o una inscripción. Así, el significado que ese ayuntamiento trata de dar del monumento no parece coincidente con la realidad social e histórica que este tiene en el municipio de Elche. Hay que tener en cuenta que el sentido que la alcaldía, o la mayoría actual de ese ayuntamiento, quiere dar hoy al monumento no le despoja de su real significado, según se desprende de la documentación aportada”.

Por tanto, “los argumentos de la Alcaldía, que se amparan en su propio testimonio y no en documentación, no resultan suficientes, de conformidad con la Ley 20/2022, para mantener el elemento arquitectónico en el lugar que ha ocupado desde el año 1944, máxime cuando la comisión autonómica ya se ha pronunciado acerca de su carácter contrario a la memoria democrática”.

Para los socialistas, esta resolución es muy clara y basada en datos objetivos y no subjetivos. “Atendiendo a los hechos constatados y a los fundamentos de derecho recogidos en la consideración primera, ese ayuntamiento ha de adoptar las medidas oportunas para la retirada de la Cruz de los Caídos por constituir, en este caso, un elemento contrario a la normativa de memoria democrática. Además, dichas medidas son de fácil ejecución para ese ayuntamiento teniendo en cuenta que ya fue aprobado un proyecto que prevé su retirada, así como la adjudicación de las obras necesarias para ello en el contexto de la reforma de la plaza en la que se sitúa”.

Este órgano de relevancia constitucional indica, además, que las obras que han sufrido un modificado para mantener el monumento en la plaza, se conoció “a través de la documentación enviada por nosotros y no por el ayuntamiento que no envió documentación del modificado”.

Por tanto, la resolución del Defensor del Pueblo es clara. “Que se ejecute el contrato de “Restauración y Musealización del refugio antiaéreo número 4 Passeig de Germanies, incluida la urbanización de la plaza, para su apertura al público como centro expositivo de la Guerra Civil en Elche, en el marco de los Derechos Humanos”, tal y como prevé el proyecto que se licitó, y en consecuencia, que se retire el monumento objeto de controversia que está situado en dicha plaza por ser un elemento contrario a la memoria democrática”.

“Se trata de otro varapalo al ayuntamiento gobernado por Pablo Ruz y Vox que trata de enmascarar un monumento franquista con un símbolo de la concordia, algo que nunca ha sido y así ha quedado de manifiesto”.

Falta de respeto a la Constitución por parte del PP

El Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas españolas. Es elegido por el Congreso de los Diputados y el Senado, por una mayoría de tres quintos. Su mandato dura cinco años y no recibe órdenes ni instrucciones de ninguna autoridad. Desempeña sus funciones con independencia e imparcialidad, con autonomía y según su criterio. Goza de inviolabilidad e inmunidad en el ejercicio de su cargo.

El artículo 54 de la Constitución Española indica: “Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales”.

Los socialistas han criticado duramente las palabras de la secretaria general del PP, Inma Mora, faltando el respeto a este órgano de relevancia constitucional. “Cuando el informe de una institución no les interesa, el PP dice que es de parte. Cuando lo hacen ellos, es un informe objetivo. Esa es la forma de hacer del PP, a su antojo, engañando y confundiendo a la gente, sin escrúpulos ni empacho”. Según los socialistas, el PP “se erige como máximo defensor de la Constitución pero cuando un organismo regulado en la Constitución le dice que lo está haciendo mal, salen despreciando la labor de esta institución y al propio Defensor del Pueblo, algo que dice lo mal que encajan que les digan que no hacen las cosas bien”.

Los socialistas han recordado a Mora que el Grupo Parlamentario Popular, con Cuca Gamarra a la cabeza, ha denunciado hechos ante el Defensor del Pueblo, el mismo que hay ahora, y que esta figura ha admitido a trámite, al igual que otros casos donde el PP ha presentado quejas y han sido admitidas. “Así es el PP: no tiene ningún tipo de empacho a la hora de desprestigiar a un órgano constitucional, cuando al mismo tiempo lo usa para su interés”.

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