Mariano Valera: “Se abre el plazo para solicitar las ayudas al pago del alquiler para personas afectadas por la pandemia”
El importe de estas ayudas asciende a 5 millones de euros y a diferencia de la convocatoria anterior, las solicitudes se irán resolviendo a medida que sean presentadas y la documentación exigida esté completa
Este apoyo dirigido a personas físicas con problemas económicos derivados de la emergencia sanitaria podrá alcanzar un máximo de 650 mensuales durante seis meses
Los interesados deberán dirigirse a la web de la Conselleria de Vivienda para solicitar la subvención y, en el caso de que necesiten asesoramiento, podrán llamar a la Oficina Municipal de la Vivienda Social del Consistorio
El concejal de Derechos Sociales del Ayuntamiento de Elche, Mariano Valera, ha recordado que ya se ha abierto el plazo hasta el 30 de octubre para la segunda convocatoria de la solicitud de las nuevas ayudas de pago al alquiler destinadas por la Conselleria de Vivienda a las personas arrendatarias de vivienda habitual afectadas por la pandemia de la covid-19.
El importe asciende a 5 millones de euros y a diferencia de la convocatoria anterior, las solicitudes se irán resolviendo a medida que sean presentadas y la documentación exigida esté completa, hasta agotar el crédito destinado para atender estas ayudas.
Según las bases publicadas en la página web de la Generalitat Valenciana “la cuantía de esta ayuda podrá alcanzar hasta el 100% de la renta del alquiler, por un máximo de 650 euros mensuales y el periodo máximo subvencionable será de 6 meses, pudiendo incluirse como primera mensualidad la correspondiente al mes de abril de 2020 o subsiguientes hasta el 31 de diciembre de 2021.” Además, podrán volver a pedir estas ayudas las personas cuyas solicitudes fueron denegadas en la primera convocatoria del año pasado, debido a la dificultad en la aportación de la documentación exigida con motivo de las limitaciones establecidas durante el estado de alarma.
En cuanto a los requisitos, Valera ha destacado que las personas solicitantes deben estar en situación de desempleo, haber sufrido un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE) o en caso de ser persona empresaria, haber reducido su jornada por motivo de cuidados u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos, entre otros .
Las solicitudes pueden cumplimentarse mediante certificado digital o bien dirigirse a los registros administrativos establecidos, siendo necesario solicitar cita previa. Desde la concejalía señalan que la gestión de estas ayudas es competencia de la Generalitat. En la página web de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática http://www.habitatge.gva.es está disponible la información y documentación de la convocatoria y se ha habilitado el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud en el enlace https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/asistente.html#asistente/ds .No obstante, el edil ha declarado que en caso de que los interesados precisen asesoramiento pueden ponerse en contacto con la Oficina Municipal de la Vivienda Social del Consistorio ilicitano.