Esta medida, que se aplicará en toda la Unión, forma parte de las sanciones económicas aprobadas por Bruselas como respuesta a la decisión del presidente ruso, Vladimir Putin, de invadir militarmente Ucrania.
El Reglamento prohíbe que las aeronaves operadas por compañías aéreas rusas, incluidas las compañías comercializadoras mediante acuerdos de código compartido o de reserva de capacidad, las aeronaves matriculadas en Rusia o las aeronaves no matriculadas en Rusia pero que pertenezcan, sean fletadas o estén de otro modo bajo el control de personas físicas o jurídicas, entidades u organismos rusos aterricen en el territorio de la Unión, despeguen desde este o lo sobrevuelen.
Sin embargo, el cierre no será aplicable en caso de aterrizajes de emergencia o de sobrevuelos de emergencia. Además, las autoridades competentes podrán autorizar que una aeronave aterrice en el territorio de la Unión, despegue desde este o lo sobrevuele si tales autoridades competentes han determinado previamente que el aterrizaje, el despegue o el sobrevuelo resultan necesarios con fines humanitarios o con cualquier otro fin coherente con los objetivos del presente Reglamento.
Asimismo, España ha propuesto que se impongan medidas parecidas en el sector marítimo. Entre las que está estudiando aplicar, se encuentran algunas como prohibir el acceso de buques rusos a nuestros puertos, la prohibición de suministrarles combustible o avituallamiento en puertos españoles o incluso impedir el acceso de los buques rusos o propiedad de empresas rusas a aguas españolas.
Actualmente dos aerolíneas rusas, Aeroflot y Siberia Airlines, operan vuelos directos entre Moscú y Madrid, Barcelona, Valencia, Alicante y Málaga.
Podrá obtenerse más información sobre el estado de los vuelos y las posibles alternativas en la página web de Aena y de cada compañía aérea.